Basándose en un fallo judicial, ENACOM decidió suspender los FOMECA en curso para revisar procedimientos.
En una resolución del día 16 de marzo de 2018, publicada en el Boletín Oficial con fecha 20 de marzo, el ENACOM decidió la paralización del Fondo de Fomento Concursable para Medios de Comunicación Audiovisual, con argumentos poco claros y con una perspectiva preocupante.
La resolución se ampara en un fallo judicial de la Sala 1 de la Cámara Criminal y Correccional Federal, del 8 de febrero de 2018, en el que se dicta embargo de 10 millones de pesos sobre Martín Sabatella y Andrea Conde “como autores del delito de defraudación por administración fraudulenta en perjuicio del erario público (arts. 173 inc. 7 y 174 inc. 5 del CP), en el marco de los Expedientes AFSCA N° 1469/2015, N° 2404/2014, N° 3117/2014, N° 1293/2015 y N° 1474/2015” —ver resolución completa.
Aclara ENACOM que en ese fallo “el tribunal interviniente efectuó una serie de consideraciones respecto de la actividad administrativa desarrollada en los expedientes citados” que son los que en la resolución refieren a los concursos FOMECA vigentes (de 2017; cuyas convocatorias se abrieron con un año de retraso) y concluye que es importante “fortalecer los mecanismos tendientes a controlar la
administración y ejecución de los fondos públicos en los procesos en que tramitaban beneficios otorgados por este organismo”, cuestión que nos parece fundamental y que, pensamos, el organismo tendría previsto antes de lanzar cualquier convocatoria de otorgamiento de fondos públicos.
ENACOM continúa justificando esta extraña medida señalando que es pertinente efectuar “mejoras sobre los controles en la administración y ejecución de fondos públicos sean aplicadas a los procesos mediante los cuales tramita la ejecución del FOMECA”. Una medida con la que estamos de acuerdo, en líneas generales y desde el vamos, pero que resulta muy dudosa a esta altura, con los concursos abiertos y los reglamentos aprobados por el mismo directorio de ENACOM.
Además, en un tercer párrafo ya redundante, ENACOM aclara que es por “motivos de prudencia” que proceden a incorporar mejoras en los procesos y mecanismos de control de los concursos, tal como ha sido recomendado por la “la entonces Subsecretaría de Gestión Administrativa del Ministerio de Modernización”.
A continuación, ENACOM refiere a un mecanismo aplicado para el Registro FOMECA por el cual los medios, ya registrados en el sistema, no deberían entregar dos veces la documentación ya suministrada. Algo que, suponemos, estaba previsto por ENACOM y es parte de los trámites que los concursantes al FOMECA estamos realizando y de los cuales estamos perfectamente al tanto, y asesorados por el mismo organismo.
Concluyendo luego que, por estos motivos, y según nuestro punto de vista en un acto de desprolijidad e incoherencia notable, la decisión es “dejar sin efecto el proceso iniciado” para que la Dirección Nacional de Fomento y Desarrollo de ENACOM revise todo lo marcado y adecue los reglamentos de las líneas 3, 4 y 5 actualmente vigentes (y cuyas convocatorias estaban abiertas), dando de baja así todo lo referido al FOMECA que funcionaba en este momento.