Sobre el famoso artículo 161 de la Ley de Medios

Recientemente la Corte Suprema destrabó ese artículo de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. ¿Qué dice el fallo?

El artículo 161 de la LSCA es el que exige la adecuación de los grupos de medios a la cantidad de licencias permitidas por la nueva normativa. El conocido como “artículo de desinversión”, aunque nunca utiliza esta palabra ni en al ley ni en la reglamentación, otorga un lapso de un año para que los medios que poseen más licencias de las permitidas, se adecuen a la ley, desprendiéndose de las que excedan lo estipulado por la norma.

El Grupo Clarín interpuso una medida cautelar para de algún modo suspender este artículo, medida que fue aceptada por la justicia, y apelada por el Estado Nacional hasta llegar a la Corte Suprema. Mientras, desde la sanción de la Ley hasta hoy, la validez de ese artículo nodal está suspendida, pero solo para el Grupo Clarín.

La Corte Suprema falló en favor del vencimiento de esta cautelar, es decir, en que el artículo 161 vuelva a valer para el Grupo Clarín, lo que lo obliga a ajustar su cantidad de medios a la permitida, y en el tiempo requerido.

Pero el fallo es más que esto. Es interesante porque pone en su justa medida a una guerra entre el gobierno y Clarín en la que ambos ganan. Ambos encontraron en el otro un demonio claro hacia quien dirigir todas sus fuerzas, y en ese movimiento, ganar adeptos para sus causas propias. Ambos propician esa estrategia maniqueísta de mostrar como único escenario posible a una guerra entre dos, una guerra entre el bien y el mal, que deja afuera a todo el resto de los actores, e impide que haya otros buenos o malos, si queremos seguir esa lógica.

Para Clarín no hay lucha más sencilla que una guerra explícita contra el gobierno para obtener la simpatía de todos los que no acuerden con el gobierno. Para el gobierno nacional no hay nada más sencillo (como también lo hace con el macrismo, y viceversa) que tener un enemigo identificable como Clarín para posicionarse rápidamente en el imaginario social. Todo el resto de las posiciones son tildadas de pro-Clarín o pro-gobierno dependiendo de quién las interprete, limitando el escenario de lo posible a estos dos actores, legitimándose mutuamente, excluyendo a todo lo otro.

“Para Clarín no hay lucha más sencilla que una guerra explícita contra el gobierno para obtener la simpatía de todos los que no acuerden con el gobierno. Para el gobierno nacional no hay nada más sencillo (como también lo hace con el macrismo, y viceversa) que tener un enemigo identificable como Clarín para posicionarse rápidamente en el imaginario social.”

El fallo de la Corte señala que el artículo 161 debe volver a funcionar para Clarín. Y que el lapso de 36 meses de la cautelar, debe vencer en diciembre de este año. Y como el lapso de adecuación que pide el artículo 161 vencía en diciembre de 2011, apenas venza la cautelar a fines de 2012, el grupo debe estar ajustado a derecho. Es decir, desprenderse de las licencias que tiene de más. A su vez, desestima el argumento del grupo respecto de que dicho artículo perjudique su libertad de expresión. El fallo menciona que el grupo no pudo argumentar de qué modo coartaría su libertad de expresión, y que hubo más argumentos económicos que de otro tipo para el pedido de suspensión. El fallo deja claro que el interés de Clarín es económico, y no por la libertad de expresión.

Pero a su vez, da un tirón de orejas al gobierno, a través de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, al señalar con buen tino que si bien es cierto que con la cautelar el grupo Clarín intenta ganar tiempo y patear la pelota para adelante, el gobierno no parece muy apurado en que la ley se ponga realmente en marcha (no hay plan técnico, no hay concursos). El fallo dice expresamente que el gobierno “prorrogó plazos y suspendió licitaciones”. Incluso respecto del artículo 161, que vale para otros multimedios que no interpusieron medida cautelar, y sin embargo tampoco no se han ajustado en la cantidad de licencias que pueden conservar. Así, se desnuda la lógica de enemigos que mencionábamos. El gobierno dice que Clarín retarda la obligación de desprenderse de licencias, pero no hace nada con los multimedios que sin retardar la aplicación del 161 en la justicia, tampoco se ajustan a él.

Y varias preguntas pueden surgir al lector: ¿Es que al gobierno le conviene que Clarín siga poniendo palos en la rueda? ¿Por qué? ¿No será que el gobierno también quiere ganar tiempo? ¿Por qué la ley no está funcionando en toda su expresión? Y del otro lado: ¿No será que a Clarín le conviene seguir siendo acusado por el gobierno para reeditar su papel de víctima? ¿Por qué Clarín no se queja de que lo apuran a él y no a los otros multimedios? ¿Por qué sigue Clarín intentando interponer el argumento de la libertad de expresión que no convence ni al mismo grupo?

Todo esto y mucho más, en los próximos capítulos de “la aplicación de la Ley de Medios en Argentina”

Sobre el famoso artículo 161 de la Ley de Medios

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