Quedó claro que la intención del gobierno no es reformar la LSCA sino crear una nueva.
La creación del ENaCom es en esa línea la primera muestra de cómo entiende a la comunicación la nueva gestión. El DNU 267/15, difundido en el Boletín Oficial el 4 de enero de 2016, crea el ENaCom y disuelve AFSCA y AFTIC, poniendo de esa manera bajo su ala las obligaciones de esos organismos, que habían sido creados por ley y definidos como autárquicos. Se trata del noveno decreto vinculado a la LSCA del actual gobierno. En el mismo movimiento se disolvieron los respectivos consejos de esos organismos: Consejo Federal de Comunicación Audiovisual y Consejo de Tecnologías de las Telecomunicaciones y la Digitalización. El ENaCom no sólo no es autárquico como lo son (¿o eran?) AFSCA y AFTIC sino que sus autoridades pueden ser removidas por el Poder Ejecutivo Nacional sin mayores justificaciones. Depende, además, del recién creado Ministerio de Comunicaciones y es dirigido por 4 miembros nombrados por el PEN y 3 propuestos por el Congreso. Vale destacar que los directores nombrados por el Ejecutivo están vinculados a Clarín, Telefónica y Cadena 3, estableciendo una línea directa entre multimedios y Estado.
Esta lectura sesgada sobre la noción de modernización deja afuera aspectos como la circulación de la información, el derecho a la opinión, la pluralidad de voces y de contenidos entre otros.
Siguiendo el camino de reformas, el Decreto establece que se conforme una Comisión para la Elaboración del Proyecto de Ley de Reforma, Actualización y Unificación de las Leyes Nros. 26.522 y 27.078. La primera se trata de la mal llamada “Ley de Medios”, la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y la segunda es la Ley Argentina Digital. Ambas leyes tienen objetivos diferentes, hay un debate pendiente sobre si debería existir una ley que los unifique o al contrario, crear otras que complementen aquellos aspectos vacantes. La LSCA, pese a que a 6 años de su promulgación pocos fueron los avances que efectuó AFSCA como autoridad reguladora en materia de pluralidad, tiene una fuerte impronta democrática, asentada en estándares y acuerdos internacionales sobre derecho a la comunicación.
Por otro lado, la Ley Argentina Digital presenta algunas contradicciones con la LSCA ya que abre el negocio a las telefónicas con un modelo de mercado que se aprobó apresurado y sin debate, que promueve la concentración: es una ley sin apoyo social que presenta ambigüedades fuertes. Eso otorga mayor poder de decisión y discrecionalidad que AFTIC por lo que hay resoluciones que quedan en manos del directorio del organismo. Entre otros aspectos permite que las telefónicas continúen prestando servicios como hasta ahora, es decir sin regulación de tarifas y además se les abre el juego para que se introduzcan en la tv por cable, algo que contradice lo expresado en la LSCA. Argentina Digital no modifica la letra de la LSCA pero sí plantea una excepción al artículo 25 inciso d en el que se prohíbe ser titulares de licencias a quienes tengan más de 10% de prestación de un servicio público relacionado con las TICs, es decir, las telefónicas y operadoras de cable.
En este marco de acciones unilaterales por parte del Ejecutivo y de una interpretación de la comunicación que parece, hasta ahora, tecnicista y orientada al mercado, dos fallos frenaron el derrotero de los decretos. El fallo de la jueza federal Martina Forns del 11 de enero de 2016 dio lugar al amparo de FM En Tránsito que anula la disolución de AFSCA. Uno de sus señalamientos para avalar el reclamo apunta a la falta de fundamentos para llevar adelante tales acciones mediante un decreto de necesidad y urgencia. Del mismo modo falló el juez Garbarino frente un amparo de la Asociación de Defensa de Derechos de Usuarios y Consumidores. Sin hacer caso de los fallos en volver atrás con los decretos en conflicto, el gobierno presentó sus argumentos pero no convencieron en ningún caso a los jueces en cuanto a la “Necesidad y Urgencia”.
Los argumentos que a través de medios masivos han expresado desde las filas oficialistas, son que este giro de timón apunta a ““facilitar la convergencia”, salir del atraso en comunicaciones mediante “apertura” y “teléfonos que funcionen”(Miguel Godoy: “si demorábamos la reforma, íbamos a un atraso de 40 años). La comunicación es un derecho sensible y universal mucho más amplio que lo que propone la perspectiva del macrismo. Esta lectura sesgada sobre la noción de modernización deja afuera aspectos como la circulación de la información, el derecho a la opinión, la pluralidad de voces y de contenidos entre otros.
AFSCA y AFTIC demostraron fallas en su desenvolvimiento, fallas que sin duda no serán resueltas con creación de organismos que contradicen a la Corte Suprema de Justicia de la Nación que declaró plenamente constitucional la LSCA en 2013 y además son incompatibles con lo planteado por la Relatoría de Libertad de Expresión sobre entes autárquicos en cuanto a la autonomía del Gobierno. Es vital reparar lo que no se ha hecho hasta ahora con las conquistas adquiridas y consolidar los derechos mediante las vías más democráticas posibles, como el debate público y la discusión parlamentaria.