Ley Televisa 2: el regreso

Nueva Ley de Telecomunicaciones en México

Quienes pensamos que los villanos Televisa y Azteca habían recibido en México una importante estocada por parte del Bien el año pasado, no debimos subestimar las armas del duopolio dinámico. En 2013 una reforma constitucional negociada por los tres principales partidos de México (el gobernante y derechista PRI, el conservador PAN y el ¿progresista? PRD) mediante el llamado Pacto por México, sorprendía para bien a quienes entendemos que la comunicación es un derecho social y no un producto que solo puede comercializarse. La Constitución mexicana, desde entonces, prohíbe la existencia de concentración mediática (Artículo 28. En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios . Las leyes fijarán las modalidades y condiciones que aseguren la eficacia de la prestación de los servicios y la utilización social de los bienes, y evitarán fenómenos de concentración que contraríen el interés público).

Los tres puntos fundamentales, en palabras de Agustín Ramírez, presidente de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información, son que se declara a la radiodifusión y a las telecomunicaciones como servicio público (Artículo 6: La radiodifusión es un servicio público de interés general, por lo que el Estado garantizará que sea prestado en condiciones de competencia y calidad y brinde los beneficios de la cultura a toda la población, preservando la pluralidad y la veracidad de la información, así como el fomento de los valores de la identidad nacional); que se le otorga autonomía al órgano de administración (IFETEL) (Artículo 28: El Instituto Federal de Telecomunicaciones es un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones; y que se modifica el régimen de concesiones, entre las cuales existirían los medios públicos o de uso social Artículo 28: Las concesiones podrán ser para uso comercial, público, privado y social que incluyen las comunitarias y las indígenas. Según la senadora Dolores Padierna, “la motivación de la reforma fue buscar un modelo alterno al de los medios comerciales”. De allí en más, todo debería materializarse en una nueva Ley de Telecomunicaciones que recogiera el espíritu constitucional. La cosa no parece ser tan promisoria. El proyecto de ley elaborado por la presidencia de Enrique Peña Nieto (el niño mimado de Televisa) que actualmente está en manos de diputados y senadores, es todo lo contrario. Nadie se explica cómo pudo suceder. Y hay quienes pensamos que no tiene mucho futuro, ya que la inconstitucionalidad es flagrante, como señaló Ernesto Velázquez, director de TV UNAM: “esta iniciativa es como Dr. Jeckill y Mr. Hyde. Todo lo contrario a lo que dice la Constitución”. Sin embargo en México, país surrealista, pocos ven otro final que no sea el de la aprobación de ese texto como la próxima Ley de Telecomunicaciones. La misma, hoy llamada como una segunda Ley Televisa (luego de un anterior escándalo similar), está hecha a la medida de los conglomerados mediáticos. “Es un retroceso 180 grados en la historia del país”, señaló el periodista Jenaro Villamil. No se desconcentra el sector, no se modifica en lo sustancial el estado actual y no hay grandes obligaciones hacia los agentes preponderantes como sí las hay en el sector de las telecomunicaciones (léase Telmex). Además se autoriza a la cesión de derechos de concesión (Artículo 110). Y se limita el margen de acción de los medios sociales que puedan constituirse en una competencia. Entre otras cosas.

Además agrega cláusulas de control inaceptables, como el artículo 145 que posibilita la discrecionalidad en los contenidos que circulan a través de redes como Internet: “Los concesionarios y autorizados que presten el servicio de acceso a lnternet podrán bloquear el acceso a determinados contenidos, aplicaciones o servicios a petición expresa del usuario, cuando medie orden de autoridad o sean contrarios a alguna normatividad”. O el artículo 189 que establece con poca claridad: “los concesionarios de telecomunicaciones y, en su caso, los autorizados, están obligados a proporcionar la localización geográfica en tiempo real, de cualquier tipo de dispositivo de comunicación a solicitud de los titulares de las instancias de seguridad o de los servidores públicos en quienes se delegue esta facultad para el ejercicio de sus atribuciones propias de producción de inteligencia, de conformidad con las leyes correspondientes. También el 190: “Los concesionarios de telecomunicaciones y, en su caso, los autorizados y proveedores de servicios de aplicaciones y contenidos están obligados a permitir, que las autoridades facultadas por la ley ejerzan el control y ejecución de la intervención de las comunicaciones privadas y a brindarles el apoyo que éstas les soliciten. de conformidad con las leyes correspondientes “. Y el 197: “(…)los concesionarios de telecomunicaciones y los autorizados deberán: (…) III. Realizar la suspensión inmediata de los servicios cuando así lo instruya la autoridad competente de conformidad con lo establecido en las disposiciones legales aplicables.” Estas son vistas como claras intenciones de neutralizar y perseguir la protesta social y controlar la disidencia.

Medios públicos en la reforma de las telecomunicaciones

Foro “Medios públicos en la reforma de las telecomunicaciones”. Como complemento, asfixia a los medios públicos, tan importantes por estos lados, a través de medidas insólitas como hacerlos depender no ya de un órgano autónomo creado por la Constitución (el IFETEL), sino directamente de la Secretaría de Gobernación, lo cual compromete la independencia económica y editorial. Además, prohibirles tener publicidad para financiarse, y permitiendo la ambigua figura de patrocinios, siempre y cuando los spots no excedan los… ¡5 segundos!
Ni hablar de la situación de los medios comunitarios. En México ya de por sí son relegados, a la vez que se criminaliza y penaliza la radiodifusión “ilegal”. La reforma constitucional abría un halo de esperanza, al mencionarlos y prometerles asignación directa, lo cual posibilitaba su presencia más fuerte en el texto de la ley (Artículo 28: Las concesiones para uso público y social serán sin fines de lucro y se otorgarán bajo el mecanismo de asignación directa conforme a lo previsto por la ley y en condiciones que garanticen la transparencia del procedimiento). Sin embargo, en el mismo, no se les permite financiarse más que con “aportaciones de la comunidad” ni se establecen reglas claras de participación a futuro. “Es una amenaza cultural al espíritu de la reforma constitucional”, señaló Eduardo Vázquez, secretario de cultura de la Ciudad de México. Los legisladores tienen otras opciones, como la iniciativa ciudadana impulsada, entre otros, por la Asociación Mexicana de Derecho a la Información con apoyo de organizaciones y redes como AMARC México. Todo parece indicar que no será tomada en cuenta. En uno de los países con mayores dificultades para el ejercicio de la libertad de expresión y la radiodifusión comunitaria, 2013 fue el peor año para la práctica periodística. Según la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, en México hubo 424 atentados contra la libertad de expresión, mucho más que el doble que los 184 registrados en 2012. Sin duda estos temas serán centrales de ahora en más en la construcción o no de la democracia en México, pues ya se está tomando conciencia de que, como señaló Alan Ruiz de la Mesa de Medios del movimiento #YoSoy132, “sin democratizar el sistema de medios, no puede haber democratización del país”. Nota: todas las citas fueron extraídas del Foro Medios Públicos en la Reforma de Telecomunicaciones: Cultura y Democracia en la Ciudad de México, realizado el lunes 31 de marzo de 2014 en el Museo de la Ciudad de México.

Ley Televisa 2: el regreso

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