Respuesta al sexto pedido y aparición del texto. El cuento de la buena pipa

El mismo día que se nos confirmó que no existía tal texto, se nos invitó a ir a consultarlo y fue publicado de forma no oficial por un miembro de la comisión. ¿No entendés nada? No te preocupes, nosotros tampoco. Mirá.

Desde que la Resolución 601/17 admitió que la comisión de redacción del Anteproyecto de Ley Convergente ya había cumplido su objetivo, quisimos saber qué contenía el texto. Ya hemos hecho seis pedidos de acceso a la información con el argumento de que lo redactado es información pública y que si deseaban someterlo a consulta como así lo expresaban, debía ser de público conocimiento.

En todos los intentos nos respondieron evasivas o información que no pedíamos: llamaron “documentos preliminares” a las resoluciones de conformación de la comisión o de prórrogas para la presentación del texto, entre otros documentos laterales a lo que estábamos pidiendo: el texto que decían tener listo. Incluso nos invitaron a verlo en las oficinas del ENACOM: era casi lo mismo que nos habían enviado ya dos veces.

Nos basábamos en el Decreto 1172/2003 de acceso a la información pública. En el ínterin de este derrotero, incluso, se sancionó la Ley 27.275 de Acceso a la Información Pública, que también comenzamos a citar. Luego del sexto pedido, donde ya aclarábamos qué era lo que no queríamos, nos pidieron prórroga para contestarnos (en los términos de lo que dice la ley). Luego de esto, el 28 de diciembre de 2017 el Poder Ejecutivo emitió una nueva resolución (la 694) que volvió a prorrogar (por tercera vez por nuevos 180 días) la divulgación del Anteproyecto, nuevamente con la excusa de obtener sugerencias de la ciudadanía. Sugerencias que no podían ser sobre el texto, puesto que no era público.

El jueves 4 de enero de 2018 se nos respondió que nos encontrábamos en período de prórroga para consultas públicas “para recabar aportes de la ciudadanía que eventualmente pudieran ser incorporados al anteproyecto definitivo de ley de reforma, actualización y unificación de las Leyes N° 26.522 y 27.078, por parte del Ministerio de Modernización.”

A ello contestamos preguntando si entonces no había un texto del Anteproyecto, pese a afirmarlo en dos Resoluciones. Se nos contestó lo siguiente:

“(…) considerando la continuación del proceso de consulta establecido por Res. 694/17 del Ministerio de Modernización (la cual adjuntamos para mayor información), hasta tanto se cumpla con dicho proceso y se recaben los aportes que puedan ser incorporados al anteproyecto definitivo, no se cuenta aún con el texto de dicho anteproyecto.”

A lo que respondimos pidiendo una nota oficial donde formalmente la comisión de redacción explicara por qué no tenía tal texto a pesar de afirmarlo en dos Resoluciones. A vuelta de ese correo electrónico, el viernes 5 de enero de 2018, se nos dijo que a partir del lunes 8 podíamos ir a la sede del ENACOM a consultar “los documentos que elaboró la Comisión de redacción del Anteproyecto”.

Es decir: ese mismo día, en el que no nos enviaron el texto que solicitamos, y que se nos dijo que tal texto no existía, también se nos dijo que podíamos ir a verlo (¿qué cosa, si no existe? Y si existía, ¿por qué no lo enviaron con nuestro pedido?).

Como frutilla del postre, ese mismo 5 de enero, Andrés Gil Dominguez, miembro de la comisión de redacción, subía a su blog personal el “Documento preliminar del Anteproyecto de Ley de Comunicaciones Convergentes”. Al día siguiente lo anunciaría dos veces a través de su cuenta de Twitter. Con este bajo nivel de oficialidad, pues ENACOM no solo no anunció nada en sus plataformas, sino que no lo envió ante nuestro pedido, leímos e hicimos un análisis de algunos de sus principales puntos, el cual invitamos a leer aquí. No creemos que sea el último capítulo de esta novela, pero sí es un buen final de temporada.

Respuesta al sexto pedido y aparición del texto. El cuento de la buena pipa

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