Analizamos los datos brindados por AFSCA ante nuestro pedido.
Cuando se cumplieron cuatro años de la sanción de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual en Argentina, la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual publicó algunos resultados positivos del período. Allí vimos que se mencionaba que durante la ejecución de la actual ley habían sido reconocidas 200 nuevas radios comunitarias. Miramos los listados, hicimos cuentas, y los números no nos daban.
En septiembre de 2014 hicimos un pedido de información utilizando el decreto 1172/2003 de acceso a la información pública. El pedido concreto fue: “El listado de radios comunitarias registradas, consignando nombre, frecuencia, localidad, fecha y tipo de autorización o licencia, y organización o institución de la que depende cada emisora.” Para comenzar, hay que decir que la información fue suministrada, lo cual supone un progreso en lo que era la relación de la sociedad civil con el Estado y con el acceso a la información. Ahora bien, la primera respuesta que la autoridad de aplicación nos envía aclara que “no existe en el registro una categoría de ‘radios comunitarias’ registradas”. Por supuesto, ese es el problema del cual venimos alertando desde 2009. Sin fines de lucro no significa comunitario. Y mientras el 33% de reserva de espectro sea para sin fines de lucro, y no haya subreserva de espectro, ni condiciones específicas, y mientras no se reconozca al actor comunitario con un actor específico de la comunicación, estos medios seguirán desamparados desde lo concreto y desde lo simbólico, y dependiendo del humor de los funcionarios de turno. Luego, nos aclaran que sin perjuicio de lo anterior, nos adjuntan el listado de radios sin fines de lucro registradas durante la ejecución de la actual ley. Pues bien, los datos son elocuentes. Contra las 200 publicitadas por la autoridad de aplicación un año atrás, el listado oficial brindado tiene solo diecinueve. Pero no es todo: de las diecinueve, hay dos que están dos veces, una que es de la Universidad Católica de Salta (debería aparecer como universitaria o en todo caso como de la Iglesia), ocho no tienen nombre, y una es de la Asociación Colegio Adventista del Plata.
Pero lo más sorprendente surge cuando preguntamos qué tipo de título tenía cada una. 13 cuentan con Licencia; 3 con PPP (permiso precario y provisorio); 1 con Autorización (la de la Universidad Católica de Salta, ya que ese es el título que se da a los medios públicos estatales y no estatales que es donde éste debería figurar); y 2 aparecen con Reconocimiento. Resulta curioso, ya que en diciembre de 2013 en el CEPPAS y junto a la Red Nacional de Medios Alternativos elaboramos un proyecto de reconocimiento para los medios comunitarios, a lo cual se nos ha dicho que el término reconocimiento no es correcto ni es posible. Sin embargo, en información oficial, está siendo utilizado para al menos dos emisoras comunitarias. Y en la publicación de los cuatro años de la ley, también se utiliza el término.
En julio de 2013 ya habíamos hecho un pedido sobre los medios registrados desde 2009 hasta la fecha. Allí aparecen otras radios sin fines de lucro, que no están en el listado enviado los últimos días. Allí son 31 las radios sin fines de lucro registradas oficialmente, incluidas algunas de la Iglesia Evangélica ya que, como advertíamos también, a pesar de tener diferencias en cuanto a gestión, financiamiento y logística, entrarían dentro del famoso 33% a competir con las comunitarias. Incluso tomando ese listado, se está muy lejos de sumar las 200 radios comunitarias publicitadas.
Ahora habrá que esperar que se publique la resolución 3405 votada por unanimidad en el directorio de AFSCA el pasado martes 16 de diciembre de 2014. Supuestamente, esa resolución es la que crea el empadronamiento de radios comunitarias, y si todo sale como esperamos, ese empadronamiento debería ser una herramienta que sirva a medios sin amparo no solo para acceder a fondos, sino para tener algún resguardo frente a interferencias, para tener algún reconocimiento que no deje su funcionamiento librado a la voluntad del funcionario de turno y, sobre todo, para que el Estado demuestre de una vez por todas que entendió de qué se habla cuando se habla de medios comunitarios, y que les reconozca sus características específicas en el sistema de medios, y su rol para el fortalecimiento de la democracia.
Por lo expuesto, entendemos que el listado que motiva este artículo se trata de un error. Lo cual no deja de preocupar, ya que en ese caso, nos estaría advirtiendo sobre el mal desempeño de la autoridad en cuanto a la transparencia y lo poco preparado que está el Estado para garantizar el derecho al acceso a la información pública. Como sea, seguiremos tratando de aportar algo para que las cosas cambien.